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Además de elegir en qué campos buscar, hay una diferencia fundamental entre la búsqueda simple y la avanzada, que puede dar resultados completamente distintos: la búsqueda simple busca la expresión literal que se haya puesto en el cuadro, mientras que la búsqueda avanzada descompone la expresión y busca cada una de las palabras (de más de tres letras) que contenga. Por supuesto, esto retorna muchos más resultados que en la primera forma. Por ejemplo, si se busca en la misma base de datos la expresión "Iglesia católica" con el buscador simple, encontrará muchos menos resultados que si se lo busca en el avanzado, porque este último dirá todos los registros donde está la palabra Iglesia, más todos los registros donde está la palabra católica, juntos o separados.

Una forma de limitar los resultados es agregarle un signo + adelante de la palabra, por ejemplo "Iglesia +católica", eso significa que buscará los registros donde estén las dos palabras, aunque pueden estar en cualquier orden.
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La Iglesia no anula matrimonios, lo declara inexistente si nunca existió

21 de septiembre de 2015
En Venezuela aumenta el interés en la reforma de nulidad matrimonial, unas 100 solicitudes aguardan decisión de la Iglesia en Caracas

web-wedding-Marek Ziolkowski-cc “El Papa no ha desmontado los tribunales; él quiere que la Iglesia asista y escuche a los fieles y llegue a la verdad respecto a los casos en los que, de raíz, nunca hubo un consentimiento”. Y por ende, “nunca existió el matrimonio”.

Son las explicaciones que con marcada reflexión expuso al diario El Nacional, el presbítero doctor Miguel Acevedo, responsable del Tribunal de la Provincia Eclesiástica de Caracas, donde también han tenido resonancia las reformas de nulidad matrimonial recientemente impulsadas por el papa Francisco.

El padre Acevedo hace su máximo esfuerzo para ser pedagógico y aclarar que los dos documentos papales referidos a la reforma de las causas de declaración de nulidad matrimonial, tanto en el Derecho Canónico como en las iglesias orientales, no promueven el divorcio sino que buscan acercar la justicia y la verdad a los fieles.

Acevedo tiene experiencia de 24 años como sacerdote y es doctor en Derecho Canónico, con especialización en Derecho Penal, de la Pontificia Universidad Gregoriana de Roma. “La Iglesia no anula matrimonios porque hacerlo sería asimilar que acepta el divorcio, sino que declara cuándo el sacramento nunca existió”, enfatiza.

El Tribunal de la Provincia Eclesiástica de Caracas abarca las diócesis de La Guaira, Guarenas y Los Teques. Instruye “al menos 100 solicitudes de nulidad del matrimonio”, explicó el presidente de esta instancia jurídica de la iglesia.

Insistió en que el Sumo Pontífice únicamente quiere brindar acceso a la justicia de manera más rápida y fácil.

Además, explicó que de acuerdo con las reformas introducidas por el Papa, que entrarán en vigencia el 8 de diciembre, los procesos de nulidad matrimonial podrán ser breves, a diferencia del proceso actual u ordinario.
Causas de nulidad. Se considerarán como causas para la “vía expresa”: la falta de fe que pueda generar la simulación del consenso, la brevedad de la convivencia conyugal, el aborto para impedir la procreación, la continuada permanencia de una relación extra conyugal, ocultar la esterilidad o una grave enfermedad contagiosa, ocultar tener hijos nacidos en una anterior relación, de haber estado encarcelado, violencia física para obtener el consentimiento del matrimonio, un embarazo imprevisto antes de casarse o no estar en uso de facultades mentales.

El padre Acevedo asegura que lo detienen en la calle para preguntarle sobre las reformas. “Me buscan, me llaman, me mandan correos hasta de 40 páginas explicándome sus casos”, y él, como célibe, se llena de paciencia para comprender y ayudar a la pareja que no logró alcanzar los ideales dispuestos en el Evangelio.
Considera que los clérigos deben agilizar el proceso, según ha pedido el Santo Padre. “Con esto se busca que los obispos se involucren en la administración de justicia, y que párrocos y laicos se capaciten en el tema”, expresó.

Respecto a los costos, explica que dentro del proceso ordinario siempre existió la gratuidad, de acuerdo con las posibilidades de los fieles: “Tomo las cosas con calma, ya veremos cómo conseguir otros medios para servir, para pagar el aire acondicionado, el papel, los estacionamientos, entre otros”.

El proceso es sencillo: los interesados deberán acudir a la parroquia a la que pertenecen, plantear el caso al párroco y, si se llegase a sustentar la nulidad, este deberá remitirlo al Vicario Judicial, quien determinará qué tipo de proceso debe asumirse: ordinario o breve. Luego se remitirá al abogado para que elabore la demanda.
Como requisito solo se pide el expediente matrimonial eclesiástico y la constancia de divorcio civil. En el ínterin se llamará a las partes, se hablará con los testigos, se estudiarán las pruebas, habrá entrevistas y, de llegar a ser necesario, se pedirá la asistencia de un perito psiquiátrico.

“Con esta reforma el Papa asiste a los pobres que, con angustia, buscan la verdad sobre su matrimonio. Se trata de agilizar en justa simplicidad el acceso de los fieles a la justicia eclesiástica”, concluyó el padre Miguel Acevedo.

fuente: Aleteia
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