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Buscador simple (o avanzado)
El buscador «simple» permite buscar con rapidez una expresión entre los campos predefinidos de la base de datos. Por ejemplo, en la biblioteca será en título, autor e info, en el santoral en el nombre de santo, en el devocionario, en el título y el texto de la oración, etc. En cada caso, para saber en qué campos busca el buscador simple, basta con desplegar el buscador avanzado, y se mostrarán los campos predefinidos. Pero si quiere hacer una búsqueda simple debe cerrar ese panel que se despliega, porque al abrirlo pasa automáticamente al modo avanzado.

Además de elegir en qué campos buscar, hay una diferencia fundamental entre la búsqueda simple y la avanzada, que puede dar resultados completamente distintos: la búsqueda simple busca la expresión literal que se haya puesto en el cuadro, mientras que la búsqueda avanzada descompone la expresión y busca cada una de las palabras (de más de tres letras) que contenga. Por supuesto, esto retorna muchos más resultados que en la primera forma. Por ejemplo, si se busca en la misma base de datos la expresión "Iglesia católica" con el buscador simple, encontrará muchos menos resultados que si se lo busca en el avanzado, porque este último dirá todos los registros donde está la palabra Iglesia, más todos los registros donde está la palabra católica, juntos o separados.

Una forma de limitar los resultados es agregarle un signo + adelante de la palabra, por ejemplo "Iglesia +católica", eso significa que buscará los registros donde estén las dos palabras, aunque pueden estar en cualquier orden.
La búsqueda admite el uso de comillas normales para buscar palabras y expresiones literales.
La búsqueda no distingue mayúsculas y minúsculas, y no es sensible a los acentos (en el ejemplo: católica y Catolica dará los mismos resultados).

Textos legislativos: La “Ley fundamental”, historia de un proyecto conciliar y sinodal

4 de enero de 2026
Una extensa obra que “arroja luz sobre toda la legislación vigente de la Iglesia”. Así presentó “Lex Ecclesiae Fundamentalis” monseñor Juan Ignacio Arrieta, Secretario del Dicasterio para los Textos Legislativos, en una entrevista con los medios vaticanos. El volumen, realizado por el mismo Dicasterio y editado por la Librería Editora Vaticana, estará disponible en las librerías en los próximos días.

Una obra exhaustiva de más de 1.300 páginas, que contiene la parte sustancial del trabajo preparatorio, que duró varios años, de la “Ley Fundamental de la Iglesia” y que recoge las generosas contribuciones de los canonistas más autorizados de la época, con el objetivo de incorporar la doctrina del Concilio Vaticano II al sistema normativo de la Iglesia. Esta es la presentación del volumen Lex Ecclesiae Fundamentalis, realizado por el Dicasterio para los Textos Legislativos y editado por la Librería Editora Vaticana. El libro presenta las sesiones plenarias del grupo de estudio de la Ley, las sesiones de trabajo de los consultores que contribuyeron al proyecto, la serie completa de esquemas y los informes sinópticos de la extensa consulta global, en la que participaron todo el episcopado católico, las facultades de Derecho canónico y numerosos expertos de todo el mundo. Dividido en siete capítulos, el volumen comienza con una presentación del exprefecto y el secretario del Dicasterio, el arzobispo Filippo Iannone y el obispo Juan Ignacio Arrieta, respectivamente. A continuación, se presenta una amplia introducción del profesor Daniel Cenalmor Palanca, docente de Derecho Canónico Constitucional de la Universidad de Navarra. Finalmente, el libro concluye con un apéndice documental, varios anexos y un índice detallado de nombres. En una entrevista con los medios vaticanos, monseñor Arrieta describe los aspectos más destacados del volumen.

¿Cuáles son las motivaciones de este volumen?

El objetivo es facilitar el acceso a todos los interesados a una obra en la que ha trabajado este Dicasterio (bajo sus diversas denominaciones históricas) durante más de veinte años. En la preparación de este proyecto de Lex Fundamentalis han participado, de diferentes maneras y bajo diferentes títulos, miles de personas de todo el mundo: pastores y expertos en derecho canónico y ciencias teológicas. Esta obra, que constituye la base de la reflexión jurídica y teológica sobre la doctrina del Concilio Vaticano II, se ha incorporado posteriormente a la legislación canónica vigente. Hasta ahora, este material se había hecho público solo de forma muy limitada, y era muy importante presentarlo de forma ordenada y sistemática, ya que arroja luz sobre toda la legislación vigente de la Iglesia.

El libro recorre la compleja historia de la redacción de la “Ley Fundamental de la Iglesia” (LEF). ¿Cuáles fueron las etapas más destacadas de este largo camino, que duró casi veinte años (1964-1981)?

Podemos identificar tres períodos. En el primer período, que comenzó inmediatamente después del Concilio y duró hasta 1971, se prepararon los primeros esquemas de la Ley y se produjeron cuatro textos sucesivos. El segundo período duró hasta 1976: durante este período, se llevó a cabo una consulta muy amplia de los textos redactados; participaron todo el episcopado universal, la Comisión Teológica Internacional y numerosos expertos. En nuestro Archivo se conservan más de 1.500 respuestas, individuales y colectivas, de todos los organismos consultados. En este lapso fue posible darle una identidad a la Ley, que no pretendía contener declaraciones doctrinales ni establecer la esencia de la Iglesia en normas, sino simplemente ser una guía interpretativa autorizada que fomentara la unidad en la aplicación de los dos Códigos, el latino y el oriental, que se estaban preparando en ese tiempo. Finalmente, en una tercera fase, el enorme material recibido fue reelaborado y posteriormente perfeccionado hasta llegar al documento final presentado al Papa San Juan Pablo II en diciembre de 1981. Naturalmente, en las tres fases, las opiniones y observaciones sobre los textos se multiplicaron, produciéndose así una enorme cantidad de material y otras fuentes.

Pablo VI y Juan Pablo II siguieron de cerca todo el proceso de elaboración de la LEF. ¿Cuál fue su contribución específica?

Los documentos revelan que fue San Pablo VI quien inició los trabajos de elaboración de la “Ley Fundamental de la Iglesia”, siguiendo la sugerencia del Cardenal Döpfner y del profesor Klaus Mörsdorf, de la escuela canonista de Múnich. Pablo VI era informado puntualmente del progreso de los trabajos, además porque eran fundamentales para la revisión de la legislación canónica y oriental en general. Posteriormente, San Juan Pablo II decidió continuar el proyecto de su predecesor, como parte de la revisión integral del ordenamiento canónico.

¿Qué influencia tuvieron el Concilio Vaticano II y el Sínodo de los Obispos en la decisión de elaborar la LEF?

La decisión de elaborar la Ley Fundamental se basó en la oportunidad de armonizar las dos codificaciones con una legislación común para Oriente y Occidente. Una legislación común que fuera, por lo tanto, la base interpretativa para las normas de cada uno. Los trabajos se realizaron sobre los documentos del Concilio Vaticano II, y su importancia es evidente, ya que se trató de la primera reflexión jurídica sobre los textos conciliares. Posteriormente, tanto el Sínodo de los Obispos de 1967 como el de 1971, en dos momentos clave del desarrollo de la Ley, tuvieron la oportunidad de reflexionar y apoyar firmemente la iniciativa de elaborar esta normativa.

Tras dos décadas de trabajo, la LEF no se publicó. El libro plantea algunas hipótesis sobre por qué se tomó esta decisión. ¿Cuáles son estas hipótesis?

Aunque los nueve esquemas de redacción del texto lograron definir el objetivo central de la Ley -que, insisto, era acoplar las legislaciones latina y oriental-, con el paso de los años surgieron diferentes líneas de reflexión desde diversas partes, precisamente por tratarse de un trabajo realizado con método científico y, por lo tanto, en constante confrontación con todas las opiniones, incluso las opiniones contrastantes. De hecho, también surgieron opiniones contrarias sobre el impacto negativo que esta Ley podría tener en el ámbito ecuménico; u otras que veían la publicación de una Ley Fundamental como una forma de secundar el constitucionalismo secular. Finalmente, San Juan Pablo II decidió incorporar materialmente a los dos códigos amplios apartados textuales de la Ley Fundamental que no estaban previstos en el texto del Código en ese momento. Entre ellos, por ejemplo, los apartados relativos a los derechos fundamentales de los fieles, al papel y la función del Romano Pontífice y del Colegio Episcopal, etc. Otros cánones de la Ley Fundamental no se transfirieron a los Códigos porque ya estaban suficientemente abordados de forma concordante en ambos. Sin embargo, las restantes materias de los dos Códigos fueron redactadas en armonía con la reflexión general sobre los respectivos textos de la Ley Fundamental.

A pesar de no haberse publicado, todo el trabajo que condujo a la elaboración de la LEF no fue en vano, como deseaba Juan Pablo II en 1981. ¿Podemos decir entonces que el modo en que se trabajó en la LEF creó un verdadero “método” en el ámbito legislativo?

De hecho, este es precisamente el sentido de nuestra publicación: facilitar el acceso a todos los interesados ??a una imponente reflexión eclesial, verdaderamente sinodal, concerniente a la totalidad de la legislación canónica. Fue precisamente durante los trabajos de la Comisión encargada de la elaboración de la Ley Fundamental -una Comisión numerosa y decididamente pluralista, compuesta por expertos de diferentes organismos eclesiales y escuelas de pensamiento aún más diversas- que se desarrollaron en gran medida las instituciones en las que se basan ahora tanto el Código Latino como el Oriental, y se encontró la manera de armonizar integralmente la estructura sacramental de la Iglesia diseñada por el Concilio Vaticano II.

fuente: Vatican News
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