Forum Libertas 12/07/06 -
El Parlament de Cataluña ha aprobado una ley con medidas para ayudar a la conciliación familiar y laboral de los funcionarios. Parece algo bueno, que ayuda a las familias, pero tiene trampa. Y muy escandalosa.
En un anexo, la disposición transitoria cuarta, apartado 1 (Boletín Oficial del Parlament de Cataluña, 26 de junio 2006), dice:
"Hasta que no entre en vigor el nuevo código de familia de Cataluña [algo que dependerá de quién gane las próximas elecciones en Cataluña] las personas que asuman por medio de un documento público la maternidad o la paternidad compartida del hijo o hija de otra persona son consideradas progenitoras de este".
Este texto se aprobó por unanimidad, sin que ningún partido reparase en las consecuencias.
La asociación E-Cristians ha consultado diversos juristas, letrados y abogados del Estado que han coincidido en señalar que se trata de una "brutalidad jurídica" con efectos muy graves.
Significa que cualquier funcionario puede "asumir" la maternidad del hijo de otra persona, sin necesidad de casarse, ni de adoptar al niño... basta con "asumirlo con un documento público", es decir, acudir a cualquier notario y declararse como tal.
El apartado 2 dice que cuando entre en vigor en nuevo Código de Familia de Cataluña serán progenitores quienes así lo reconozca la legislación civil. Eso hace deducir que hasta entonces, son progenitores los que lo asuman con un documento público.
Si es usted un funcionario catalán, ya no tiene que pasar por las difíciles vías de la adopción, la idoneidad, etc... Basta con ir a un notario y declarar que "asumo la paternidad de este chico", al que no tiene por qué vincularle nada (afecto, historia, vínculos de sangre).
El menor queda desprotegido. Las adopciones, desvirtuadas. Nadie verifica idoneidad.
Se pueden dar casos así: cualquier tipo de uniones de dos personas o más (tres mujeres, por ejemplo, que viven juntas), que una adopte (o dé a luz) y las otras dos asuman la maternidad compartida ante notario. Y, ¿por qué no? Que dos señores (casados o no, con sexo o no) se sumen a el acto y asuman lo mismo ante notario. ¿Cuánta gente tiene la maternidad y paternidad de ese niño? ¿Todo esto depende de un notario, que es quien levanta "documento público"?
Ahora, para tener hijos, ni se engendran ni se adoptan: se "asumen por documento público".
Si encontramos agujeros así en una norma transitoria, ¿qué huecos -intencionados- nos cabe esperar en el Código de Familia de Cataluña que se va a desarrollar? ¿Cuánto de este desbarajuste se va a exportar a otras normativas regionales de España?
La asociación E-Cristians ha llamado la atención sobre este disparate jurídico a diversas fuerzas políticas. También ha enviado una carta a cada uno de los obispos de Cataluña, explicando el caso, su alcance y gravedad contra los derechos de los niños y la estructura de las familias. En la carta, E-Cristians subraya "la aprobación de esta ley pocos días antes de la venida del Papa con motivo del Encuentro Mundial de las Familias."