Madrid, 09/02/07 ( La Razón) El Gobierno prohibirá expresamente las adopciones en países en conflicto o devastados por desastres naturales, así como en aquellos donde no exista una autoridad específica que controle y garantice la adopción o cuando en el país no se den las garantías adecuadas para la misma. Además, una vez alcanzada la mayoría de edad los hijos tendrán derecho a conocer los datos sobre sus orígenes y sobre sus padres biológicos. Así lo explicó el ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, en su última comparecencia ante un Consejo de Ministros, en la que presentó un informe sobre el anteproyecto de Ley de Adopción Internacional.
Son dos de las novedades del anteproyecto de ley de adopciones internacionales, cuyo objetivo es dar más garantías legales a las familias y a los menores, y que trata de clarificar y unificar la legislación al respecto, hasta ahora muy dispersa.
«Disipar dudas»
Según la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, la futura ley «viene a disipar las dudas y las reticencias de muchas parejas españolas a la hora de iniciar los trámites de adopción» y, «sin duda alguna, también va a facilitar que se cumpla el deseo de ser padres» de muchas personas.
En su comparecencia tras el Consejo de Ministros, Fernández de la Vega sostuvo que el anteproyecto de ley ofrece «garantías a los padres, pero también a los niños». En su opinión, hasta ahora «la legislación era dispersa y carecía de solidez jurídica», lo que suponía un grave inconveniente, ya que «si la seguridad jurídica es siempre crucial, en el caso de las adopciones lo es aún más».
La vicepresidenta primera del Gobierno recordó que España es, respecto a su volumen de población, el país del mundo con la tasa más alta de adopciones, unas 6.000 cada año. «Casi todos conocemos a alguien que cuida de algún hijo adoptado en China, Rusia y Ucrania, que ya forman parte de la vida cotidiana», explicó.
La futura Ley garantizará el derecho de los adoptados a conocer los orígenes biológicos. Las personas adoptadas, una vez alcanzada la mayoría de edad, tendrán derecho de acceso a los datos que sobre sus orígenes obren en poder de las Entidades Públicas españolas.
Además, cuando la norma entre en vigor, las adopciones extranjeras sólo surtirán efectos legales en España si han sido válidamente constituidas y si respetan los «standards» mínimos de Justicia material y conflictual. De igual modo, se garantizará que la adopción internacional constituida en España surta efectos legales no solamente en nuestro país, sino también en el país de procedencia u origen del menor adoptado.
F. Martínez