
REDACCIÓN HO.- La Fundación LAM-Mujer se felicita por la sentencia del juzgado de lo social nº 31 de Madrid, por el que se declara nulo el despido de una empleada de hogar por razón de su embarazo. En un comunicado remitido a HO, la citada Fundación recuerda como aunque el despido de las mujeres por razón de su embarazo ya estaba prohibido en la legislación laboral vigente, el Art. 7 de la Ley de Igualdad de 3 de marzo de 2007 señala expresamente que "constituye una discriminación directa por razón de sexo todo trato desfavorable a las mujeres relacionado con el embarazo o la maternidad". Además, el artículo 10 de la citada ley declara nulos los actos que causen discriminación por razón de sexo.
La Fundación LAM-Mujer se congratula que por primera vez se haya hecho uso de este precepto legal que "protege a las mujeres en un momento de especial vulnerabilidad como es el embarazo", señala su portavoz, Sandra Gérez. "El embarazo no es una enfermedad", añade. Gérez pone como ejemplo a la nueva ministra de Defensa, Carme Chacón "que evidencia que una mujer embarazada puede trabajar perfectamente y seguir asumiendo responsabilidades de cualquier tipo".
La Fundación Línea de Atención a la Mujer 900 500 505 es una entidad sin ánimo de lucro, en apoyo a toda mujer embarazada residente en España que se encuentre en grave riesgo de exclusión social.