Forum Libertas, 17/12/08 -
Ante la polémica por el proceso judicial para la retirada o el mantenimiento de los crucifijos en las aulas del colegio público Macías Picavea de Valladolid, puede ayudar como modelo una sentencia del Consiglio d’Statto italiano, el equivalente al Tribunal Constitucional español, del 15 de febrero de 2006, que afirma que “el principio de la laicidad (del Estado) no queda comprometido por la exposición de un crucifijo en las aulas escolares”.
Motivado por una denuncia formulada por el padre de un alumno de una escuela pública, el alto tribunal italiano estableció que “el crucifijo es, de hecho, ante todo, un símbolo histórico-cultural que representa un signo de identificación nacional y constituye, junto con otras formas de vida colectiva y pensamiento, uno de los precursores de la formación de nuestro país y, en general, de gran parte de Europa; no en vano, ésta se hizo bajo la influencia de la doctrina cristiana, relacionándola con los valores de la dignidad humana que han intervenido en la formación del Estado moderno y laico”.
A la luz del ordenamiento jurídico italiano, comparable al español, sentenció que “en la actual realidad social, el crucifijo debe ser considerado no sólo como un símbolo de una evolución histórica y cultural y, por consiguiente, de la identidad de nuestro pueblo, sino como símbolo de un sistema de valores de libertad, igualdad, dignidad humana y tolerancia religiosa y, por consiguiente, también en la laicidad del Estado encontramos un reconocimiento expreso en nuestra Constitución”.
Con esta jurisprudencia, Italia subraya la dimensión cultural, pero añade que el crucifijo es el símbolo de un sistema de valores, tal y como lo entiende por ejemplo la Cruz Roja al utilizarlo para expresar humanidad y acogida.
Cruz roja y media luna roja, símbolos culturales :
Sobre la dimensión cultural de los símbolos, puede observarse la utilización del símbolo islámico de la media luna roja en los países de cultura árabe, y no necesariamente en los países musulmanes. Como ejemplos, los cristianos del Estado laico de Siria, de cultura árabe, no tienen conflicto con la media luna roja, y el Estado teocrático de Irán no utiliza la media luna, sino un símbolo propio, de la cultura persa, en la que se inscribe el país.
La sentencia del máximo tribunal administrativo italiano puede servir como ejemplo, en el ámbito del derecho comparado, para resolver la causa judicial abierta por la retirada o el mantenimiento de los crucifijos de las aulas del centro docente de Valladolid, un caso que muestra diversos paralelismos con el italiano, que se resolvió de manera favorable al mantenimiento de estos símbolos religiosos, que deben considerarse en todas sus dimensiones, tal y como la asociación E-Cristians ha pedido al Tribunal Superior de Justicia y León en su recurso de apelación.